SINDRY LIZETH RODRIGUEZ

JUSTIFICACIÓN

En los últimos años se han desarrollado programas de reincorporación a la vida civil como plan de acción de la política de desmovilización de miembros de grupos al margen de la Ley, hoy en día el país está viviendo un periodo significativo de transformación social en este tema. Existen programas de Derechos Humanos donde nos muestran grandes cifras de desmovilizados, grupos de autodefensas, de los cuales que fueron reconocidos, ubicados y atendidos en los diferentes  departamentos del país. Esto ocurrió fundamentalmente debido a la movilidad por la oferta laboral y la mayor o menor colaboración de las entidades departamentales.
El énfasis de los programas de reincorporación es brindar al desmovilizado las garantías civiles y jurídicas de sus derechos fundamentales, tales como la salud, la alimentación, educación básica, facilidad de acceso a vivienda o a tierras, así como la posibilidad de quedar en su mayoría a paz y salvo con la justicia.
Siendo la reinserción social a la vida civil un paso importante para el cambio en nuestra sociedad, es fundamental el papel del psicólogo para los planteamientos, las implementaciones y evaluaciones de las políticas públicas en nuestro territorio o municipio y así llevar a un buen término la convivencia social.

OBJETIVO GENERAL

Diseñar e implementar una propuesta de reincorporación social que articule los desmovilizados, las instituciones y la sociedad civil a través de proyectos productivos.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

  • Sensibilizar a las instituciones, desmovilizados y sociedad, frente al proceso de reincorporación social.

  • Analizar los programas de atención a la población desmovilizada de las entidades comprometidas en este tema.


  • Diseñar e implementar una propuesta que articule al reinsertado y la sociedad hacia un proceso de reincorporación social.


MARCO TEÓRICO

La trayectoria que ha tenido el país para obtener una reconciliación total, una desmovilización, y una reinserción social, ha venido desarrollando y expedido leyes, decretos, resoluciones y otros actos administrativos como instrumentos que establecen funciones, procedimientos, beneficios jurídicos y económicos, modificados y reglamentados, en la medida que avanza la búsqueda de una solución definitiva al conflicto armado, sus implicaciones, salvaguardando el impacto social, ambiental y cultural.

En la historia de los procesos de desmovilización en Colombia se marcan épocas importantes, con un esquema normativo que antecede a la política de seguridad democrática y el que direcciona las nuevas formas de intervención en busca de la solución al conflicto armado. Se marca entonces un primer período entre los años 1981 a 2002 donde prevalece como solución al conflicto armado, en estricto sentido, la desmovilización de grupos insurgentes con la dejación de armas, en un carácter netamente político, donde no se contempla, en un comienzo, sino el indulto aplicado según lineamientos establecidos por la Ley.

La Constitución Política de Colombia del año 1991, se precisa otro tipo de intervención ampliando las facultades al ejecutivo y legislativo para conceder indultos y amnistías. De esta manera se expide una Ley que aún es la base de 5 Ley 77 de l989 y Decretos Reglamentarios. En diciembre de 1993, el Congreso estableció causales de extinción de la acción penal y de la pena en casos de delitos políticos y conexos, mediante la Ley 104 como marco de los acuerdos de paz firmados en 1994 con la Corriente de Renovación Socialista (CRS). La concesión de indultos o amnistías le ha dado un carácter de pérdida de credibilidad en el proceso de desmovilización al evidenciarse un Estado permisivo, sin la aplicación de justicia a los responsables de crímenes de lesa humanidad; actuaciones que son demandadas por una sociedad afectada y que ha permanecido siempre al margen de las disposiciones del gobierno, contradiciendo lo promulgado por la Constitución de 1991 donde se reconoce como un Estado de Derecho y como tal los individuos las instituciones y el Estado actúan bajo el imperio de las Leyes, conforme a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, debido proceso e independencia del poder judicial; se vulnera el Derecho a la información pues con su aplicación se interrumpe la investigación de violaciones a los derechos humanos, el juzgamiento y sanción a unos responsables y que asimismo dispongan la reparación del daño causado a las víctimas.

La jurisprudencia que ha direccionado y orientado las actuaciones de los diferentes sectores en el proceso de desmovilización en Colombia, no han permitido mostrar unos resultados favorables frente al desgaste institucional y de recursos en la búsqueda de una reincorporación social. Reincorporación social, que como está definida mediante normatividad deja entrever que no llegará al fin último de logar la paz como reconciliación entre una sociedad con huellas de violencia por masacres, abusos morales, físicos y vulneración de los derechos humanos, donde no se ha dado espacio para la intervención de la sociedad y se ha asumido que debe asimilar el proceso como parte pasiva. Al presentarse de esta manera las instituciones comprometidas no generan formas de actuación diferentes a las señalas por la ley y las asignadas por la misma. No es la excepción los municipios de Cundinamarca que están destinados para acoger y apoyar la inclusión o reinserción social de este grupo de personas.


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